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TIPICIDAD – DERECHO PENAL

TEMAS: 

  • CONDUCTA PUNIBLE
  • FUNCIONES DE LA TIPICIDAD
  • TIPOS PENALES
  • TIPOS DE SUJETOS
Categoría: Etiqueta:

 

 

De acuerdo a la Sentencia C-181/16 de la Corte Constitucional de la República de Colombia define tipicidad como, un principio constitucional que hace parte del núcleo esencial del principio de  material penal. Por ello la tipicidad es una garantía constitucional, en el que ninguna persona puede ser juzgada e investigada en materia penal, si su acción u omisión no aparecen descritos como conducta punible.

Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante el juez o tribunal competente y con la observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. La preexistencia de la norma también se aplica para el reenvío en materia de tipos penales en blanco.

 

¿CÓMO CITAR? 

APA

Montserrat, R.C.  (2020).  Tipicidad – Derecho Penal. UNICISO. Disponible en: www.portaluniciso.com

CHICAGO

Montserrat, R.C. Tipicidad – Derecho Penal. UNICISO. Disponible en: www.portaluniciso.com 2020.

HARVARD

Montserrat, R.C. 2020. Tipicidad – Derecho Penal. s.l.:UNICISO. Disponible en: www.portaluniciso.com

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MLA

Montserrat, R.C. Tipicidad - Derecho Penal. UNICISO. Disponible en: www.portaluniciso.com, 2020.