PALABRAS FRECUENTES
DALE CLIC PARA AMPLIAR LA IMAGEN CON NVIVO
CONCEPTOS
Créase el Fondo de Promoción Turística como un instrumento para el manejo de los recursos provenientes de la contribución parafiscal a que se refiere el artículo 40 de esta ley, el cual se ceñirá a los lineamientos de la política turística definidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Para todos los efectos, los procesos de contratación que lleve a cabo la Entidad administradora del Fondo de Promoción Turística se adelantarán de conformidad con el derecho privado» (Título III . Mecanismo para la ejecución del plan. Capítulo 2. Crecimiento sostenible. Artículo 40).
Para todos los efectos, se entiende por empresa, toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, en el área rural o urbana. Para la clasificación por tamaño empresarial, entiéndase micro, pequeña, mediana y gran empresa. (Título III . Mecanismo para la ejecución del plan. Capítulo 2. Crecimiento sostenible. Artículo 43).